PROPUESTA LEGISLATIVA EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE

Enfoco esta propuesta no particularmente a las leyes que regulan a nivel estatal la materia medio ambiental, incluso la que pudiera referirse al agua, que sin duda es fundamental hacer adecuaciones en el sentido que ya varios expertos y aportantes a este extraordinario ejercicio han planteado para evitar la contaminación visual, del agua, del aire, auditiva, así como el marco jurídico adecuado para enfrentar el manejo del agua como un derecho humano y un servicios público. Refrendo mi compromiso con que debe ser prioritario en la agenda de la nueva legislatura ante la problemática que se vive en el estado, sus colonias y comunidades, aunque esta propuesta que presento se enfoca al tema de las instituciones.

Propongo la creación de el Instituto Metropolitano de Planeación, mismo que pudiera ser replicado por zonas en el Estado, de acuerdo con fenómenos de conurbación o vinculación en diversas materias que tienen que ver tanto con el desarrollo urbano y el medio ambiente, mismos que van de la mano.

Este instituto vendría a abordar un reto fundamental, entender que lo que hoy se decide en materia de usos de suelo, conservación de estos, decisiones que pueden impactar en elemento de contaminación, retención de aguas, parques urbanos y muchos otros, ya no puede ni debe ser materia de la decisión de un solo municipio, toda vez que el impacto se transfiere a otros que por la vecindad geográfica es inevitable.

Este Instituto debe poder tomar medidas vinculantes para efecto de que sus dictámenes técnicos sean obligatorios para cualquier decisión que en materia de desarrollo urbano se tome en los respectivos cabildos que integren los municipios parte del IMP.

La conformación del Instituto deberá ser en su mayoría de expertos, electos por mayoría calificada de la legislatura, que no sean funcionarios públicos, así como en minoría por funcionarios públicos de las áreas de desarrollo urbano, obras públicas y ecología. Los integrantes ciudadanos deberán estar en su cargo de manera transtrienal.

El organismo deberá establecer conforme a los mecanismos existentes en la ley de vincularse también con los estados y/o municipios que conformen o lleguen a conformar una conurbación interestatal, como hoy sucede por ejemplo entre Querétaro y Corregidora con los Apaseos, cuyos desarrollos tributan en otro municipio y estado, pero cuyos efectos de sus decisiones impactan, generalmente en negativo a las ciudades vecinas y agravan la problemática en diversos servicios y condiciones de calidad de vida, además del impacto en materia de medio ambiente.

Así mismo fortalecer los institutos municipales de planeación,c que estarán encargados de los estudios y dictámenes técnicos propios de un catalogo de determinaciones que no correspondan al instituto metropolitano.

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